FAVOR DILIGENCIAR LOS CAMPOS. EL PROCESO TOMA SOLO DOS MINUTOS.
Entre MUBRICK S.A.S, con NIT. 900.791.145-7, en adelante EL CORREDOR; y por otra parte, el (la) propietario (a) del inmueble identificado anteriormente, cuyo nombre y documento de identidad aparece al final de este contrato, en adelante EL (LA) MANDANTE, suscribimos el presente contrato de corretaje que se regirá́ por las siguientes cláusulas: PRIMERA – OBJETO: EL (LA) MANDANTE autoriza a EL CORREDOR para que preste el servicio de corretaje inmobiliario, adquiriendo así una obligación de medio y no de resultado. SEGUNDA – NO EXCLUSIVIDAD: Este contrato NO exige exclusividad y otorga plena libertad para que EL (LA) MANDANTE realice una gestión directa o a través de otras inmobiliarias. TERCERA - COMISIÓN INMOBILIARIA: EL (LA) MANDANTE se compromete a reconocer a EL CORREDOR la comisión del TRES POR CIENTO (3%) del valor final de venta más Iva, y a cancelarla en dos partes: el 50% durante los tres días posteriores a la firma de la promesa de compraventa, y el saldo, tres días posteriores a la firma de la escritura pública. CUARTA - DOMINIO: EL (LA) MANDANTE expresa que obra en calidad de propietario (a) del inmueble, tal y como aparece en el respectivo Certificado de Tradición y Libertad. Así mismo, declara que este es un activo lícito, libre de demandas, embargos u otros requerimientos de ley que impidan la comercialización. QUINTA – ÉTICA Y TRANSPARENCIA: EL (LA) MANDANTE se compromete a gestionar la relación de los clientes que le presente EL CORREDOR única y exclusivamente a través del bróker asignado para dicha labor. SEXTA - DERECHOS DE AUTOR: Las fotografías y videos que realice EL CORREDOR para promocionar el inmueble estarán protegidos por derechos de autor, en consecuencia, EL (LA) MANDANTE no podrá utilizarlo para uso personal o explotación comercial.
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